miércoles, 29 de octubre de 2008

Publicacion de mi caso en un Periodico


La voz de los consumidores



Un clavo oculto en el sillón recién comprado
Por Jaime Delgado Zegarra


En tantos años haciendo defensa del consumidor he recibido miles de reclamos, pero este sinceramente me aterra. Una señora compró un juego de muebles en una conocida tienda, al llegar a su casa lo instaló en el lugar más adecuado y ansiosa por probarlo se lanzó placenteramente hacia él para sentarse, pero jamás se imaginó lo que le podría ocurrir: un clavo, oculto debajo del tapiz, se le incrustó en la nalga. ¿Ustedes se imaginan lo que debe haber sentido esta persona, no solo por el dolor que esto significa, sino por la angustia, desesperación, confusión, indignación?
Los accidentes pueden suceder en cualquier circunstancia, pero un consumidor jamás esperaría tremenda sorpresa. Las empresas no tienen ninguna justificación válida ante estos hechos, podrán pedir disculpas, pagar los daños, pagar una multa, pero la sensación que han dejado sobre esta persona es imborrable. Así que la próxima vez que se anime a comprar un sofá, siéntese con cuidado, verifique que no haya ningún clavo suelto.
Lamentablemente este no es el único caso de accidentes en el consumo, han ocurrido muchos y ocurren todos los días en alguna parte del mundo. Por esta razón se necesitan mecanismos eficientes para defender a los consumidores. Pero la idea no es sólo tener instancias para sancionar a las empresas infractoras, la idea más bien es que no existan estas infracciones; la idea es que las empresas sean lo suficientemente cautelosas para asegurar la integridad y la vida de sus propios clientes.
La idea es dar señales claras al mercado en el sentido de que no estamos dispuestos a tolerar estas conductas irresponsables, que el Estado, que nos representa a todos, está para velar por los derechos ciudadanos, y que el costo de infringir la ley para una empresa puede ser lo suficientemente grande, más grande que los beneficios o el ahorro que pueda obtener por no asumir una conducta diligente.
Uno de los derechos más importantes del consumidor es la protección de su salud y su seguridad, ningún producto puesto a disposición de los consumidores en el mercado debe implicar un riesgo injustificado en el uso normal y previsible que se le dé al producto. Para el presente caso, nadie podría prever que debajo del tapiz de un sofá un clavo lo estará esperando para perforar su cuerpo.


11/10/2008
Fuente: Diario La República

viernes, 10 de octubre de 2008

DENUNCIA CONTRA RIPLEY




Hola, soy Josselyn Higueras Zevallos, hago una denuncia pública contra las tiendas por departamento RIPLEY ya que no hay lugar donde se pueda hacer justicia!!! es por ese motivo y por mi indignación de la creación de este blog.



Les cuento lo sucedido:

Hace un año mi mamá compró unos muebles marca RIZZOLI en RIPLEY, hasta ahí todo bien, trajeron los sillones a mi casa y al día siguiente yo me siento en uno de los sillones y me incrusto la nalga con un clavo grueso como de pared, será que me incruste la nalga con unos 6 cm de clavo.

Fui a una posta a que me pongan una antitetánica y al día siguiente me atendió una doctora, estuve como 15 días sin poder sentarme y no podía caminar bien.


Ese es solo un poco del clavo que me incruste en la nalga por sentarme en un sillon NUEVO!! que compre en RIPLEY


Ese es el hueco que dejo el clavo en el sillon




Ese es el hueco que hizo el clavo en mi nalga


Fui a presentar mi queja con RIPLEY y al principio no me tomaron importancia, auque todo el mundo se sorprendían y horrorizaban ante lo que me había sucedido, y obvio, con justa razón, ya que ese fue un atentado a mi salud e integridad física y a mi vida de no haber tomado las medidas a tiempo, pudo haber sido algo muchísimo más grave de lo que fue.

RIPLEY mando a gente de la mueblería para que revisaran el sillón y hasta ellos se sorprendieron con lo que vieron, era un clavazo el que salía del sillón al presionarlo. Como RIPLEY no se inmutaba hable con mi abogada y procedí a conversar con los abogados de RIPLEY, estos negaron toda responsabilidad, aludiendo que ellos son solo los que venden, por lo tanto NO SON RESPONSABLES, pero, supuestamente uno va a comprar a una tienda de prestigio como lo es RIPLEY porque lo mínimo que se espera es productos de buena calidad, que cumplan con la función para la cual ha sido comprado el producto, confort y relax, pero, no, todo lo contrario, el artículo comprado causo un daño muy grave a mi persona y ellos no quieren reconocer la responsabilidad que tienen al vender un producto de mala calidad que causo un daño grave a mi salud e integridad física.

Como RIPLEY no accedió a llegar a ningún acuerdo procedimos a presentar nuestra denuncia ante INDECOPI. RIPLEY siguió negando su responsabilidad y la relegaba a la compañía fabricante de los muebles (RIZZOLI), RIPLEY es tan o mas responsable que RIZZOLI ya que estos deben tener un control de calidad de los productos que venden y responsabilizarse por las consecuencias de su ineptitud y descuido.

He ido a comprar a RIPLEY no a cualquier muebleria de dusosa reputacion.

Lo que yo le exijo a RIPLEY, porque fue a ellos a quien yo compre los muebles, es una indemnización por el grave daño físico hecho a mi persona en ese momento, además por la incomodidad causada en mi casa por un año que estamos sin muebles en la sala, no tenemos donde sentarnos, no podemos recibir visitas; por el tiempo que perdí y desgaste emocional que tuve al llevar a cabo todo este proceso.
INDECOPI el día de ayer emitió, finalmente, una resolución contra RIPLEY y RIZZOLI equivalente a 1UIT, eso es una burla total 1UIT son 3500 soles, eso es una burla, como es posible que INDECOPI de esa sanción irrisoria por algo tan grave como lo que me paso a mi.
Además, esa sanción me parece injusta y muy rara, ya que este año INDECOPI emitió:

Sanción para quienes incumplan el orden legal Las infracciones a la Ley de Protección al Consumidor podrán ser calificadas de leves (hasta 20UIT), graves (hasta 100UIT) y muy graves (hasta 300UIT), y ser sancionadas con una amonestación y multas hasta de 20, 100 y 300 unidades impositivas tributarias (actualmente se le calcula en S/.3.500).

De acuerdo con el Decreto Legislativo 1045 (26/6/08), la dirección, administración o representación del proveedor también podrían ser considerados responsables de una falta y ser sancionados.

Y lo que me paso a mi es como mínimo una falta grave, cuya multa sería como mínimo 21 UITs llegando hasta 100 UITs, y eso, lo que me sucedió a mi puede ser incluso una falta muy grave.

Por otro lado, INDECOPI ha impuesto multas altas por motivos mucho menos significativos que el mío, por ejemplo:
  • Porque RIPLEY decía que sus zapatos escolares “TAMMY” estaban elaborados a base de cuero cuando en realidad no era cierto INDECOPI les puso una multa de 18 UITs. INDECOPI también sanciono por la misma razón a SAGA , pero, a estos les impuso una multa de 15 UITs.
  • INDECOPI sanciono con 50 UITS al INSTITUTO CIENTÍFICO NATURISTA S.A.C. por anunciar la cura para la diabetes y otras enfermedades incurables sin contar con el sustento científico necesario para difundir dichas afirmaciones.
  • Otra denuncia contra RIPLEY fue que difundió en un encarte publicitario denominado “BACK TO SCHOOL ksa digital lo quieres lo tienes” la que supuestamente contenía ofertas en productos de última tecnología. En ella RIPLEY promocionaba la cámara digital de marca “SONY” indicando que dicho producto podía ser adquirido pagando la cantidad de S/.999 o 24 cuotas de S/. 48. Esta denuncia fue recogida por la Comisión de Represión de la Competencia Desleal del INDECOPI, procediendo a sancionar a RIPLEY , con una multa de 10 Unidades Impositivas Tributarias, es decir deberá abonar la suma de S/. 35,000.
  • Otra fue la Falsa promoción de ropa SPEEDO en RIPLEY En el afiche de RIPLEY que anunciaba precios especiales para la ROPA DEPORTIVA MARCA SPEEDO aparecían modelos mayores de edad. Cuando los consumidores querían adquirir estos productos y beneficiarse con esta oferta se enteraban que los precios especiales eran solo para las tallas de niños. Esto representaba un evidente caso de publicidad engañosa. ASPEC presentó una denuncia ante INDECOPI y se multó a RIPLEY con 15 UIT.
  • Tiendas RIPLEY también ha sido multada con 8 UIT (US$8,000.00 dólares aproximadamente) por ofrecer casacas de \"cuero ecológico\", cuando en realidad se trataba de casacas de material sintético.
  • INDECOPI también sanciono a tiendas RIPLEY con una multa de 10 UITs por su publicidad engañosa referida a los descuentos ofertados en los eventos denominados “CIERRA PUERTAS” debido a que en realidad no realizaban los descuentos promocionados.

Aquí hay algo turbio, porque como es posible que INDECOPI emita esa sanción tan insignificante e irrisoria por algo tan grave como lo que me sucedió.

Ahora comprenden mi indignación por lo sucedido?, es una burla la sanción que ha emitido INDECOPI frente a RIPLEY comparando con las demás sanciones, que clase de escarmiento van a tener, con multas como esa van a seguir burlándose de los consumidores, van a según ofreciéndonos productos de mala calidad y que atenten contra nuestra salud y vida.

EXIJO JUSTICA, es por eso que deseo hago público mi caso, es un caso que le incumbe a toda la sociedad, ya que ustedes también están en peligro.

GRACIAS!!!

Les agradecere opinar acerca de mi caso y si tienen alguna denuncia contra Ripley pueden contarla aqui, LA UNION HACE LA FUERZA!! NO PODEMOS DEJAR QUE RIPLEY SALGA INMUNE!!

HAY QUE EXIGIR KE SE CUMPLAN NUESTROS DERECHOS COMO CONSUMIDORES!!!

NOSOTROS LOS HACEMOS MILLONARIOS A ELLOS!! Y ELLOS NO QUIEREN RECONOCER SU CUMPLA NI REINVINDICARSE POR EL DAÑO QUE CAUSAN!!

VAMOS! DENUNCIEN SIN MIEDO! Escriban en este blog sus comentarios y sus denuncias contra las TIENDAS POR DEPARTAMENTO RIPLEY!! no hay que parar hasta que SE HAGA JUSTICIA!!!